Texto oficial
Artículo 7°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Autoriza a la municipalidad de purranque para que contrate un emprestito hasta por la suma de $ 300,000 en las condiciones que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25963 / 8278559.