Texto oficial
"Artículo 1.o Agrégase el siguiente inciso final al
artículo 28 de la ley N.o 7,295, de 22 de Octubre de 1942:
"Los imponentes afectos al Departamento de Periodistas y Fotograbadores de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas percibirán la asignación familiar sin los descuentos a que se refieren los dos incisos precedentes".