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Artículo 17 de la Ley 20.175

Crea la xv region de arica y parinacota y la provincia del tamarugal en la region de tarapaca

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 259864 / 8549358.

Texto oficial

Artículo 17.- El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las inscripciones de las I y XV Regiones, conforme el domicilio de los pescadores artesanales.