Texto oficial
Artículo 6.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".
Incorpora los obreros a jornal, que indica, de la fabrica de material de guerra al regimen de la caja de retiro y montepio de las fuerzas de defensa nacional, con las limitaciones que expresa.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26007 / 9043240.