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Artículo 4 de la Ley 9.323

Autoriza al presidente de la república para enajenar en publica subasta el sitio y edificio que indica, en la ciudad de concepcion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26013 / 5966766.

Texto oficial

Artículo 4°.- La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.