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Artículo 23 de la Ley 9.342 · Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Texto refundido de la ley de organización y atribuciones de las municipalidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26027 / 8999519.

Texto oficial

Artículo 23.- Las resoluciones en que se proclame a determinado ciudadano como Regidor importan la aprobación de la elección para todos los efectos constitucionales, y la copia autorizada de ella servirá de título a las personas elegidas para incorporarse a la respectiva Municipalidad.