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Artículo 2 de la Ley 9.347 · Deroga los articulos de las leyes que señala en relacion con la pena de azotes

Deroga los articulos de las leyes que señala en relacion con la pena de azotes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26030 / 5966935.

Texto oficial

Artículo 2°.- Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.