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Artículo 2 de la Ley 9.406 · Deroga el articulo 57 de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Deroga el articulo 57 de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26076 / 5967122.

Texto oficial

Artículo 2.o. La derogación dispuesta en el artículo anterior no afectará los derechos adquiridos por los empleados de la Caja de Crédito Hipotecario que estén actualmente en servicio o que lo hubieren estado durante la vigencia del mencionado artículo 57, siempre que hayan ingresado al servicio de la institución con anterioridad al 1.o de Enero de 1948.