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Artículo 4 de la Ley 9.406 · Deroga el articulo 57 de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Deroga el articulo 57 de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26076 / 5967124.

Texto oficial

Artículo 4.o. La presente ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".