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Artículo 3 de la Ley 9.421 · Modifica la ley 8,098, en la forma que señala

Modifica la ley 8,098, en la forma que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26087 / 8278799.

Texto oficial

Artículo 3°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.