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Artículo 1 de la Ley 9.428

Libera de todo derecho la internacion de las maquinarias que indica, destinadas a la cooperativa agricola lechera del norte limitada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26092 / 5967194.

Texto oficial

Artículo 1°.- Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N° 2,772, de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, y sus modificaciones posteriores, y, en general, de todo derecho o contribución, a las maquinarias y accesorios destinados a montar una planta pasteurizadora de leche de la "Cooperativa Agrícola Lechera del Norte Limitada", llegada en su mayor parte a las Aduanas de Valparaíso y Coquimbo.