Texto oficial
"Artículo 1.o Redúcese a tres años el plazo establecido en el artículo 4.o del Decreto con Fuerza de Ley N.o 256, de 20 de Mayo de 1931.
Modifica el d.f.l. n.o 256, de 20 de mayo de 1931, que autoriza al presidente de la república para fundar poblaciones o conceder hijuelas a los ciudadanos chilenos o extranjeros naturalizados en chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261008 / 7342343.