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Artículo 2 de la Ley 9.451

Exime del impuesto establecido en la ley 8,121 a las instalaciones conductoras de energia electrica que señala, pertenecientes a sociedades cooperativas de consumidores de energia electrica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26101 / 5967233.

Texto oficial

Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".