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Artículo 3 de la Ley 9.453

Autoriza al presidente de la república para efectuar la venta del inmueble que indica, ubicado en washington, d. c., estados unidos de n. a.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26103 / 5967238.

Texto oficial

Artículo 3°.- Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de seis mil dólares en el pago de comisiones e intereses, reinstalación de los servicios de las oficinas, adquisición de muebles y demás gastos que demanden las operaciones de venta y compra a que se refieren los artículos anteriores.