Texto oficial
Artículo 2°.- El personal civil de Faros en actual servicio, comprendido en la ley número 7,590, de 8 de Octubre de 1943, continuará ascendiendo, de acuerdo con las disposiciones de dicha ley; pero la planta de empleados que en ella se establece, irá extinguiéndose a medida que vayan produciéndose vacantes en los últimos grados del Escalafón.