Texto oficial
Artículo 2°.- El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al superavit del Ejercicio Financiero correspondiente al año 1948.
Autoriza entrega, en calidad de mutuo, a la empresa nacional de transportes colectivos s. a., de la suma que señala para los fines que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26138 / 5967376.