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Artículo 1 del Decreto Con Fuerza de Ley 256

Decreto con fuerza de ley n.o 256

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261645 / 9054004.

Texto oficial

Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para fundar poblaciones, formar colonias y conceder aisladamente a los ciudadanos chilenos o extranjeros naturalizados en Chile, que se avengan a cumplir las obligaciones que éste les imponga en virtud del Reglamento respectivo, hijuelas de terrenos fiscales hasta de un valor de quince mil pesos ($ 15,000), como máximo y hasta dos (2) kilómetros de las fronteras. El número de hectáreas dependerá de la calidad, ubicación y precio de los suelos.