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Artículo 4 de la Ley 5.709

Autoriza invertir la suma de $ 33.800,000 en el plan de adquisicion de terrenos y construcciones carcelarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 261663 · idParte: 8930807

Texto oficial

Artículo 4.o El gasto que signifique la aplicación de la presente ley se deducirá de los fondos que produzca la ley N.o 5,601, de 15 de Febrero de 1935, en la forma que se determine en ella.