Texto oficial
Artículo 3.o Para los fines indicados en el artículo anterior, y mientras se desarrolla el referido programa, la Dirección de Prisiones contratará los servicios de un ingeniero y de un arquitecto, con el carácter de asesores técnicos, en lo cual podrá invertir hasta la suma de $ 60,000 anuales.
La Dirección General de Obras Públicas tendrá a su cargo la supervigilancia técnica de las obras a que se refiere esta ley.