Texto oficial
Artículo 3.o. No serán aplicables a las personas enumeradas en el artículo 1.o las disposiciones contenidas en la ley N.o 7,295, de 22 de Octubre de 1942, en lo referente a sueldos vitales y reajustes.
Fija el texto de la nueva ley de peluqueros
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26186 / 8999640.