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Artículo 13 del Decreto Ley 488

Decreto lei número 488, que reorganiza el archivo jeneral de gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 261866 / 7345370.

Texto oficial

Art. 13. La lei anual de Presupuestos consultará los fondos necesarios, que no bajarán de doce mil pesos, para la publicación de los documentos a que se refiere el artículo 6.o del decreto número 2,811, de 30 de mayo del año en curso.