Texto oficial
Artículo 7.o- Substitúyense en el inciso primero del artículo 30 de la ley N.o 8,282, la cantidad "cuarenta pesos" por "ciencuenta pesos" y la cifra "uno por mil" por "uno y medio por mil".
Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830287.