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Artículo 10 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830290.

Texto oficial

Artículo 10.- El personal dependiente del Ministerio de Educación Pública y de la Universidad de Chile, que goce de quinquenios, en conformidad a las disposiciones legales vigentes, tendrá los siguientes porcentajes de aumento sobre su sueldo base por cada cinco años de servicio, en reemplazo del porcentaje actual del veinte por ciento: Con cinco años de servicios 30% Con diez años de servicios 50% Con quince años de servicios 70% Con veinte años de servicios 90% Con veinticinco años de servicios 120% Estos aumentos quinquenales no podrán exceder en ningún caso del ciento veinte por ciento (120%) del sueldo base respectivo.