Texto oficial
Artículo 27.- Suprímense los siguientes empleos que figuran en los rubros que se indican en la Ley de Presupuestos vigente:
Ministerio del Interior:
Item 04/06/01 Dirección General de
Carabineros. Servicio de Secretaría.
Un Oficial 1.o con_____________________ $ 46.800.-
Ministerio de Hacienda:
Item 06/01/12 Planta Suplementaria
Ministerio de Defensa Nacional.
Subsecretaría de Guerra. 2 Oficiales
de Número con $ 29.160 cada uno________ 58.320.-
Otros servicios. 2 Dactilógrafos con
$ 25.380 cada uno______________________ 50.760.-
Ministerio de Defensa Nacional:
Item 10/01/01 Subsecretaría de Marina.
Un Oficial 2.o con_____________________ $ 46.800.-
Subsecretaria de Aviación:
Item 11/01/12 Planta Suplementaria. Un
Oficial 2.o con________________________ 30.240.-
Agréganse en la planta de la Oficina de Pensiones
los siguientes empleos, con los grados que se indican:
Item 06/03/01 Grado 7.o, 1 Liquidador
2.o con________________________________ $ 93.600.-
Grado 8.o, 1 Liquidador 3.o con _______ 86.400.-
Grado 10.o, 3 Ayudantes de
Liquidadores con $ 70.200 c/u._________ 210.600.-
Grado 16.o, 2 Dactilógrafos con
$ 43.200 c/u.__________________________ 86.400.-
El personal que en virtud de esta disposición pasa a la planta de la Oficina de Pensiones gozará del aumento del 22,6% a que se refiere el artículo 1.o de la presente ley y del beneficio del artículo 30.
Los funcionarios que están desempeñando los empleos que se trasladan a la planta de la Oficina de Pensiones en conformidad al inciso anterior continuarán sometidos al régimen de retiro a que estaban afectos.