Texto oficial
Artículo 33.- Los aumentos de sueldos y grados que se conceden por la presente ley, no se considerarán como ascensos para los efectos del beneficio que establece el artículo 46 del Estatuto Administrativo.
Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830313.