Texto oficial
Artículo 40.- Sobre los sueldos aumentados en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.o de la presente ley, los empleados del Congreso Nacional y de la Biblioteca del Congreso, percibirán, además, un aumento del sueldo del 10%.
Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830320.