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Artículo 66 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830346.

Texto oficial

Artículo 66.- Autorízase al Presidente de la República para destinar a la Universidad de Chile, la suma de siete millones de pesos anuales para el desarrollo de la investigación científica en los laboratorios de ramos básicos de la Escuela de Medicina y Farmacia y en el Instituto de Investigaciones sobre Alcoholismo, incluyendo el establecimiento de cargos de dedicación exclusiva del personal de ellos.