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Artículo 68 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830348.

Texto oficial

Artículo 68.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1.o de la ley N.o 5,489, modificado por las leyes N.os 7,083 y 9,311: a) Reemplázanse en el inciso segundo las palabras "diez por ciento (10%)", por las siguientes : "veinte por ciento (20%)"; b) Agréganse en el inciso tercero, a continuación de las palabras "aumentará en", las siguientes: "un veinte por ciento por los segundos tres años y en un", y reemplázase el guarismo "cien por ciento (100%)" por "ciento veinte por ciento (120%)".