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Artículo 85 de la Ley 9.629 · Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Modifica la ley 9,311 y aumenta sueldo a los empleados publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26197 / 8830365.

Texto oficial

Artículo 85.- El personal que se encuentra actualmente incluído en la Planta Suplementaria Unica dependiente del Ministerio de Hacienda y proveniente de los Servicios a que se refieren los artículos 24, 25, 26 y 30 de la presente ley gozará de los mismos aumentos de grado que en dichos artículos se señalan sin perjuicio del aumento del 22,6% que se contempla en el artículo 1.o de esta ley.