Texto oficial
Artículo 7.o- El pago de los aumentos del 22,6% sobre los sueldos, de la asignación familiar y de las pensiones a que se refiere la presente ley se efectuará en la siguiente forma:
Los correspondientes a los meses de marzo y abril de 1950 a la fecha de promulgación de la ley; y Los correspondientes a los meses de Mayo y Junio de 1950, junto con el ajuste del mes de Octubre del presente año".