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Artículo 2 de la Ley 9.856 · Fija nuevos tipos de monedas de las equivalencias que indica

Fija nuevos tipos de monedas de las equivalencias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26251 / 8715189.

Texto oficial

Artículo 2.o Los pesos y diámetros de las monedas serán los siguientes: Valor Peso Diámetro Gramos Milímetros $ 10 6 23 5 5 21 1 7,5 25 0.20 3 18 La tolerancia en el peso de las monedas será la que se fija a continuación: Valor En 1.000 En una piezas pieza Gramos Gramos $ 10 18 0,16 5 15 0,15 1 22.50 0,20 0.20 15 0,12 El Presidente de la República fijará las características de los cuños de las monedas establecidas por la presente ley.