Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 9.859

Declara de utilidad publica y autoriza a la municipalidad de rancagua para expropiar los terrenos que indica, en la provincia de o"higgins, comuna de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26253 / 10162483.

Texto oficial

Artículo 2.o La Municipalidad de Rancagua cederá la franja de terreno cuya expropiación se autoriza por el artículo; 1.o al Fisco, con el fin de ser destinada a la Fuerza Aérea de Chile y a las necesidades de la aviación comercial y deportiva.