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Artículo 3 de la Ley 9.859

Declara de utilidad publica y autoriza a la municipalidad de rancagua para expropiar los terrenos que indica, en la provincia de o"higgins, comuna de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26253 / 10162484.

Texto oficial

Artículo 3.o La expropiación se llevará a efecto en conformidad a las disposiciones del Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.