Texto oficial
Artículo 2.o Suprímense las siguientes plazas del ítem 05|02|04 del Presupuesto del mismo Ministerio:
a) La del N.o 2 "Para pagar sus emolumentos al Delegado de Chile ante la N. U. (Embajador), y b) Las del N.o 6 "Para contratar los servicios de dos Consejeros de Embajada".
Las personas que desempeñan actualmente los cargos que se suprimen pasarán a formar parte, sin necesidad de nuevo nombramiento, de la Planta del Servicio Exterior de la República en las categorías respectivas que se establecen en el artículo anterior y quedarán sujetas a las leyes del Servicio, respetándoseles en el escalafón la antigüedad que tuvieren.