Texto oficial
Artículo 3.o Uno de los Embajadores de la Planta Permanente desempeñará las funciones de Delegado ante las Naciones Unidas, y uno de los Ministros Plenipotenciarios las de Delegado-adjunto.
Crea y suprime las plazas que indica del presupuesto del ministerio de relaciones exteriores.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26275 / 9043332.