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Artículo 7 de la Ley 10.003

Autoriza al presidente de la república para entregar a las instituciones que indica un aporte fiscal extraordinario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26284 / 7172819.

Texto oficial

Artículo 7.o Reemplázase el N.o 2 del decreto N.o 2,200, de 29 de Abril de 1949, que fijó el texto refundido de la ley sobre abandono de familia y pensiones alimenticias, por el siguiente: "Los demandantes en esta clase de juicios estarán exentos de los impuestos establecidos en la Ley de Timbres, Estampillas y Papel Sellado y estarán exentos igualmente de hacer las consignaciones que en determinados casos exigen las leyes."