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Artículo DECIMO CUARTO de la Ley 20.209

Modifica el decreto con fuerza de ley n°1, de 2005, del ministerio de salud, la ley n°19.490, se delegan facultades para fijar y modificar las plantas de personal que indica y otros beneficios para el personal de los servicios de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263041 / 7348645.

Texto oficial

Artículo décimo cuarto.- Los porcentajes correspondientes a los componentes de la asignación especial establecidos en el numeral 2 del artículo 2° de la presente ley, se otorgarán conforme al siguiente cronograma: 1) Para los funcionarios de la planta de técnicos, administrativos y auxiliares: Año 2008: Componente Base 6% Componente Variable, hasta 8,5% Año 2009: Componente Base 6% Componente Variable, hasta 9% Año 2010: Componente Base 6% Componente Variable, hasta 10% 2) Para los funcionarios de las plantas de profesionales y directivos: Año 2008: Componente Base 2% Componente Variable, hasta 12,5% Año 2009: Componente Base 2% Componente Variable, hasta 13% Año 2010: Componente Base 2% Componente Variable, hasta 14% Durante el año 2008, el componente variable se pagará en relación al cumplimiento de metas que se definan para el último trimestre del año 2007. Para estos efectos, el jefe superior de la institución definirá los equipos, unidades o áreas de trabajo y sus metas e indicadores, en el curso del mes anterior a dicho trimestre, en el que también deberán suscribirse los respectivos convenios de desempeño entre cada equipo, unidad o área de trabajo y el jefe superior.