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Artículo 13 de la Ley 10.235 · Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1952

Aprueba el calculo de entradas y el presupuesto de gastos de la nacion para el año 1952

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26326 / 7172909.

Texto oficial

Artículo 13. Los funcionarios del Servicio Exterior que sean destinados por decreto supremo para prestar sus servicios en la Secretaría de Relaciones Exteriores, conservando su categoría Exterior, gozarán en Chile del sueldo asignado al grado de equivalencia que señala el artículo 21 de la ley N.o 9,629, pagado en moneda corriente. La economía que produzca la diferencia entre el sueldo oro y el sueldo en moneda corriente, ingresará a Rentas Generales.