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Artículo 20 de la Ley 10.259 · Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Aprueba el estatuto orgánico de la universidad tecnica del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26329 / 9066344.

Texto oficial

Artículo 20. El Departamento de Investigaciones y Orientación Educacional y Profesional tiene por objeto: a) Realizar las investigaciones y estudios sobre la producción y los recursos humanos y naturales de cada región del país; b) Realizar investigaciones sobre las posibilidades de trabajo industrial que existan en el país y estudiar sus características sociales, profesionales y económicas; c) Establecer relaciones con las organizaciones industriales; d) Organizar el control y orientación de los alumnos a través de su vida escolar y en las actividades a que se incorporen, y e) Informar periódicamente a los diversos establecimientos de enseñanza sobre los estudios y actividades que realicen las Escuelas y Cursos Universitarios.