Saltar al contenido

Artículo 6 de la Ley 10.261 · Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26330 / 8278913.

Texto oficial

Artículo 6.o La inversión de los fondos que quedaren sobrantes después de realizadas algunas de las obras enumeradas en el artículo anterior, la prioridad en la ejecución de éstas y la alteración del orden fijado o de las partidas consultadas para cada uno de ellos, sólo podrá resolverse por acuerdo municipal tomado por los tres cuartos de los regidores en ejercicio y en sesión especialmente convocada al efecto.