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Artículo 10 de la Ley 10.261 · Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26330 · idParte: 8278917

Texto oficial

Artículo 10. La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la localidad, un estado del servicio del empréstito y de las sumas invertidas en el plan de obras contemplado en el artículo 5.o".