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Artículo 9 de la Ley 10.261 · Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Autoriza a la municipalidad de valdivia para contratar emprestito por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26330 / 8278916.

Texto oficial

Artículo 9.o La Municipalidad deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de ingresos ordinarios, los recursos que destina esta ley al servicio de los empréstitos o préstamos; en la partida de egresos ordinarios, la cantidad a que asciende dicho servicio por intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias del valor de los bonos emitidos o préstamos, en su caso; en los ingresos de la partida extraordinaria, los recursos que produzca la emisión de dichos bonos o los préstamos, y, finalmente, en la partida de egresos extraordinarios, el plan de inversiones autorizado.