Texto oficial
Artículo 10.- El Presidente de la República ordenará la publicación de los Códigos y Leyes modificados por la presente ley, incorporando las modificaciones en su texto respectivo".
Introduce diversas modificaciones en el código civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26332 / 8796983.