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Ley 10.296

Autoriza a la municipalidad de calbuco para contratar emprestitos que produzcan hasta la suma de $ 1.000.000 con el fin de atender a la instalacion de una planta generadora de luz y fuerza electrica, a la construccion de un matadero municipal y al pago de expropiaciones consultadas en el plano regulador de calbuco para su servicio establece una contribucion adicional de tres por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26334

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Artículos

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