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Artículo 2 de la Ley 10.310

Adopta medidas en relacion con los bonos que la universidad de chile esta autorizada para emitir

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26336 / 7172931.

Texto oficial

Artículo 2.o Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Universidad de Chile el dominio de los terrenos de propiedad fiscal situados en Valparaíso, entre calles Blanco, Rodríguez, Las Heras y Avenida Errázuriz, constituídos por los sitios inscritos desde fojas 661, N.o 921, hasta fojas 663, N.o 926-bis, del Registro de Propiedades de 1901 del Conservador de Bienes Raíces. La Universidad deberá construir en dichos terrenos un edificio o conjunto de edificios en cuyas secciones principales puedan funcionar el Instituto de Medicina Legal de Valparaíso, la Escuela de Odontología y la Escuela de Obstetricia de la misma ciudad. El resto del edificio o edificios podrá ser destinado a departamentos o locales que produzcan renta que se destinará al financiamiento de la Escuela de Odontología, Escuela de Obstetricia y Escuela de Derecho de Valparaíso.