Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 6.476

Aumenta las pensiones de los veteranos de la guerra de 1879, 84 y los montepios acordados en conformidad a las leyes n.ºs 2,295 y 5,311

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263466 / 7349821.

Texto oficial

"Art. 1.o Ninguna pensión de retiro por servicios en la Guerra de 1879-84 podrá ser inferior a $ 6,000 anuales para el personal de tropa, y a $ 12,000 anuales para los Oficiales.