Texto oficial
Artículo 11. Esta ley empezará a regir 30 días
después de su publicación en el "Diario Oficial".
Libera a los articulos y mercaderias que se importen a la provincia de magallanes de los gravamenes que indica, y de las contribuciones de bienes raices, por el plazo de diez años, a las construcciones que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 263523 / 7349987.