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Artículo 34 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7172998.

Texto oficial

Artículo 34. Las facultades y obligaciones que esta ley señala para el Jefe del Subdepartamento de Toma de Razón, se hacen extensivas al Subjefe de Toma de Razón, en las materias que el Contralor indique por resolución interna del Servicio, conservando el Jefe de Toma de Razón la supervigilancia del Subdepartamento.