Saltar al contenido

Artículo 115 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173083.

Texto oficial

Artículo 115. Regirán respecto de los funcionarios de la Contraloría que intervengan en los procedimientos de este Capítulo las causales de implicancia y recusación que se aplican a los jueces letrados de mayor cuantía, debiendo resolver sobre ellas, sin ulterior recurso, el Contralor.