Texto oficial
Artículo 124. Los empleados que tengan a su cargo fondos o bienes públicos serán responsables de su abuso o empleo ilegal y de toda pérdida de los mismos que se produzca, imputable a su culpa o negligencia.
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173094.